Personas físicas y morales deben cumplir con este trámite y evitar multas por no hacerlo
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las disposiciones para la Declaración Anual 2025, la cual debe ser presentada por las personas físicas y morales en tiempo y forma para evitar multas y recargos.
De acuerdo con el SAT, las personas físicas que deben presentar su declaración son aquellas que obtuvieron ingresos en 2024 por sueldos y salarios en los siguientes casos:
Si recibieron ingresos de un solo patrón y dejaron de percibirlos antes del 31 de diciembre.
Si, además de su salario, obtuvieron otros ingresos.
Si trabajaron para dos o más patrones al mismo tiempo.
Si los salarios provinieron del extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos.
Si recibieron ingresos por indemnización o jubilación.
Si sus ingresos anuales por sueldos y salarios superaron los 400 mil pesos.
Asimismo, deben presentar su declaración aquellos que obtuvieron ingresos por servicios profesionales, es decir, quienes emiten comprobantes de honorarios.
También están obligados quienes realizaron actividades empresariales, incluyendo aquellos que operan en plataformas tecnológicas, la región fronteriza o en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
El Régimen Simplificado de Confianza también está sujeto a esta obligación, al igual que quienes obtuvieron ingresos por rentas de bienes inmuebles, intereses, dividendos, enajenación de bienes o adquisición de bienes.
Infobae
23/02/2025