Para emplacar hay que presentar identificación, comprobante de domicilio, factura, línea de captura pagada y licencia A1 o A2.
A partir del 1 de julio, la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la Ciudad de México (CDMX) hará obligatorio el emplacamiento y la obtención de licencia para quienes circulen en scooters, bicicletas eléctricas y otras variantes de micromovilidad eléctrica que superen los 250 watts de potencia o alcancen más de 25 km/h.
La medida responde a reformas aprobadas por el Congreso local y busca reforzar la seguridad vial y la certeza jurídica para este tipo de transporte.
Las multas comenzarán a aplicarse desde el 1 de septiembre de 2026.
· Circular sin placas o sin la licencia adecuada implicará una sanción de 10 UMAs aproximadamente $1,130 según el valor vigente de la UMA.
· En casos de reincidencia o si las faltas se cometen en zonas restringidas, las multas podrán elevarse hasta 30 UMAs ($3,394).
· También habrá multas de 10 a 20 UMAs por no cumplir con el uso de casco, luces o elementos reflectantes.
La fecha límite para regularizar vehículos existentes es el 20 de noviembre de 2026.
Todos los vehículos nuevos deben salir emplacados desde las tiendas, siendo responsabilidad de las empresas comercializadoras procesar el registro previo a la entrega.
Infobae
07/05/2026