Emite fallo para impedirlo
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció por primera vez que algunos padres utilizan el sistema judicial para ejercer violencia vicaria mediante denuncias, demandas o amparos destinados a separar a una madre de sus hijos o evadir obligaciones. Por ello, estableció parámetros para que los jueces impidan el uso de los procesos judiciales como mecanismos de agresión o control contra las mujeres y protejan a los menores de edad.
Por unanimidad, el Pleno aprobó este miércoles el proyecto de sentencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf sobre un caso de violencia familiar en el que un hombre usó “desproporcionadamente” el sistema legal para separar a un adolescente de su madre.
“Las autoridades jurisdiccionales deben tener especial cuidado y diligencia en el dictado y cumplimiento de sus determinaciones para no reproducir la violencia que ya se vive y sumar alguna violencia institucional”, dijo la ponente.
El fallo del alto tribunal reconoce que los impactos de la violencia vicaria no sólo dañan a las mujeres sino también al menor de edad involucrados, al convertirse en víctimas directas de las violencias físicas, psicológicas, económicas o vinculares empleadas para materializar ese daño.
“La separación del niño o la niña de su padre o de su madre es la mayor violación a los derechos humanos de ellos, por pleitos que les son ajenos”, dijo la ministra Sara Irene Herrerías.
El caso, que previamente fue analizado en tribunales de menor jerarquía, llegó a la Corte mediante un amparo directo en revisión promovido por el padre del menor, quien impugnó porciones de los artículos 6 y 9 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Sin embargo, el máximo tribunal constitucional validó el artículo 6, que reconoce la violencia vicaria como una forma de daño contra las mujeres, al considerarlo constitucional, y no se pronunció sobre el artículo 9 al determinar que no afectaba directamente al quejoso.
La sentencia también incluye un “formato de lectura fácil” dirigido directamente al menor, explicándole sus derechos a ser escuchado y a contar con un representante propio.
LA JORNADA
01/07/2026